Desde el ministerio de salud de la nación, el pasado viernes 11 de septiembre se definió una nueva normativa para brindar el alta a pacientes con Covid-19.
El alta epidemiológica se otorgará a los 10 días desde la fecha de inicio de los síntomas, siempre que el paciente presente una evolución favorable, sin necesidad de internación y se encuentre asintomático.
El nuevo criterio permite la reincorporación más rápida de los trabajadores a sus fuentes laborales y un giro de cama más rápido en las instituciones de salud, evitando la saturación del sistema con internaciones prolongadas innecesarias.
Definición de contacto estrecho:
Para todos los casos, el periodo de contacto se considerará desde las 48 horas previas al inicio de síntomas del caso de COVID-19
Definición de contacto estrecho:
Se considerará como contacto estrecho a:
- Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas.
- Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas. durante al menos 15 minutos. (ej. convivientes, visitas, compañeros de trabajo).