¡Atentos! La provincia no pagará más el sueldo a los docentes jubilados que sigan trabajando en colegios subvencionados

A través de un comunicado, la Dirección de Educación de Gestión Privada (DIEGEP) resolvió pasar a condición “sin aporte estatal” a los docentes jubilados en el sistema estatal que continúan dando clases en escuelas privadas subvencionadas. Aunque, podrían continuar trabajando, serán los colegios los que deberán pagar con fondos propios los sueldos, algo inviable en la mayoría de los establecimientos que cobran cuotas bajas a los alumnos. Desde el gremio SADOP advirtieron que en caso de despidos las instituciones deberán pagar la correspondiente indemnización.

La comunicación N° 127 de la Dirección de Educación de Gestión Privada (DIEGEP) fue publicada el 18 de mayo e indica que con los sueldos de las planillas mecanizadas correspondientes al mes de mayo se darán de baja los aportes estatales para los “directivos que tengan a cargo horas en el mismo establecimiento”, y los “docentes jubilados que continúen en actividad”.

La medida anticipa un fuerte conflicto en puerta ya que en la provincia son miles los docentes jubilados por el Estado que siguen trabajando en el privado ya que el Estatuto del Docente así lo permite.

En diálogo con el portal de la provincia de Buenos Aires, TODO PROVINCIAL, la secretaria adjunta de Sadop Buenos Aires, María Inés Busso, aseguró: “La comunicación asegura que el Estado que no pagará más el sueldo de los docentes jubilados en el Estado que siguen dando clases en el sistema privado. Eso no quiere decir que no puedan seguir trabajando en las escuelas pero el Estado ya no mandará más el aporte de la subvención”.

Y agregó: “Si la escuela no quiere seguir con ese docente y pagarle el sueldo con sus fondos deberá despedirlo y hacerse cargo de la correspondiente indemnización. El Estado subvenciona el cargo docente pero la relación de empleo es con el colegio”.

La comunicación N° 127 de la DIEGEP argumenta que “luego del análisis de la situación de revista del personal docente que forma parte de las Plantas Funcionales de Establecimientos beneficiarios del aporte estatal, se han detectado casos que resultan inconsistentes con las previsiones legales del sistema”.

“Tal inconsistencia, analizada en el marco de la supervisión de la correcta utilización del beneficio estatal, obliga a proceder a pasar a condición ‘sin aporte estatal’ a aquéllos DNI que se encuentran en los supuestos arriba mencionados”, agrega la resolución en referencia a los docentes jubilados y con incompatibilidad de cargos.

“Pueden recortar la subvención pero el Estado no puede echar al docente. La escuela deberá hacerse cargo del salario de ese trabajador o despedirlo y pagar lo que corresponde”, señaló la secretaria adjunta de SADOP.

Según enuncia la medida, “en la Planilla de Haberes se reflejarán las secuencias de cada DNI involucrados en esta medida, para facilitar su identificación”.

Por esta comunicación enviada a las inspecciones regionales, todavía no hay repercusiones en las escuelas y tampoco llegaron a los gremios denuncias por despidos. Si la Provincia concreta este recorte de las subvenciones con el pago de los salarios de mayo, en los primeros días estallará el conflicto.

El comunicado N° 127

– Directivos que tengan a cargo horas en el mismo establecimiento,

– Docentes jubilados que continúen en actividad.

COMUNICACIÓN N°127

A TODAS LAS JEFATURAS DE REGIÓN Y ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR:

Se pone en conocimiento de toda la comunidad educativa de la Provincia que luego del análisis de la situación de revista del personal docente que forma parte de las Plantas Funcionales de Establecimientos beneficiarios del aporte estatal, se han detectado casos que resultan inconsistentes con las previsiones legales del sistema (ya sea por acumulación de cargos o en función del rol desempeñado), y que por ello implican la inmediata adopción de medidas de orden (respecto al correcto uso de los fondos provinciales) para cada supuesto particular.

Es dable recordar los alcances de los Artículos 135, 145, 146 y concordantes de la Ley Provincial de Educación N° 13688.

Tal inconsistencia, analizada en el marco de la supervisión de la correcta utilización del beneficio estatal, obliga a proceder a pasar a condición “sin aporte estatal” a aquéllos DNI que se encuentran en los supuestos arriba mencionados.

En la Planilla de Haberes se reflejarán las secuencias de cada DNI involucrados en esta medida, para facilitar su identificación.

Claro está que el Representante Legal de los Establecimientos involucrados cuenta con la posibilidad de presentar la documentación que avale el ingreso del DNI en el sistema en situaciones de revista aparentemente contradictorias, y en tales casos podrá revertirse la medida con efecto retroactivo.

Se emitirán las instrucciones necesarias para la presentación de los movimientos de “pase a POF con Aporte Estatal” (con firma y emisión de criterio del Inspector de Enseñanza), cuya fecha límite de presentación será el quinto día hábil del mes de septiembre de 2018 (en las Planillas subsiguientes, y a los efectos del aporte estatal, se producirá la baja de estas secuencias).

Fuente: Todoprovincial.com

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *