La obra social del Estado bonaerense informó que el aumento decretado por los colegios médicos de forma unilateral “se encuentra fuera del marco de la ley” y aseguró se encuentra en “plenas negociaciones por el incremento de los honorarios profesionales”. De todos modos, la CEMIBO resolvió cobrar las consultas con aumento.
Ante la falta de acuerdo en las negociaciones para actualizar los honorarios, la Concertación de Entidades Médicas Independientes Bonaerenses (CEMIBO) que nuclea a las entidades médicas de La Plata, Ensenada, Trenque Lauquen, San Pedro, Balcarce, Tandil y Mar del Plata decidió aumentar el bono de consulta un 40%.
Por los nuevos valores de consulta, aquellos profesionales que revisten en la categoría B pasarán de 81 a 140 pesos, mientras que los de categoría C, pasarán de 161 a 220 pesos. En tanto, como la categoría A no prevé copagos por parte del afiliado, los médicos que atienden bajo esta categoría le facturarán a IOMA 250 pesos por consulta.
Desde la obra social respondieron que “esta decisión se encuentra fuera del marco de la ley, ya que, como se sabe, IOMA mantiene con sus prestadores convenios que se firmar de común acuerdo y ambas partes deben respetar”.
A pesar de estas advertencias de IOMA, la CEMIBO decidió continuar con el cobro de las consultas con aumento. En diálogo con el portal de la provincia TODO PROVINCIAL, el presidente de la Agremiación Médica Platense (AMEPLA), Martín Pedersoli aseguró que se trata de una “medida de fuerza intermedia para no cortar el servicio”.
De todos modos, advirtió que este aumento en el bono “no soluciona el reclamo por una actualización de los honorarios”, y agregó que en caso de que no se llegue a buen puerto en las negociaciones próximamente se “cortará la atención de los afiliados”.
IOMA además informó a sus afiliados que “garantiza el reintegro de los montos que deban pagar por encima del valor de los bonos de consultas médicas acordado con las entidades”.
Para tramitar la solicitud de devolución de lo cobrado ilegalmente, los beneficiarios deberán dirigirse a la delegación que les corresponda, con la documentación básica (fotocopia del DNI, de la credencial y del último recibo de sueldo o recibo de pago en caso de afiliados voluntarios); la nota de solicitud de reintegro –en este caso aludiendo al aumento unilateral de bonos–; factura original o recibo profesional equivalente (B o C), cumpliendo los requisitos exigidos por normas de facturación establecidas por la AFIP, debidamente conformado (la fecha debe coincidir con la de la medida de fuerza) y el ticket emitido por cajero automático, donde conste el número de cuenta y sucursal bancaria o constancia de CBU del afiliado.
Además el Instituto de Obra Médico Asistencial adelantó que “tomará las acciones legales correspondientes frente a toda entidad, o profesional médico que bajo un convenio vigente y de modo arbitrario modifique las condiciones o requisitos de atención al afiliado”, y que “debitará de las facturaciones de dichas entidades el monto total de lo que la obra social reintegre a sus afiliados en concepto de la medida de fuerza”.
Fuente: Todoprovincial.com